La resolución 8934 de 2014 de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) exige la implementación de un programa de gestión documental: descargar PDF
Según el artículo 3º, los vigilados que estén bajo la vigilancia de la SIC, deberán elaborar, adoptar e implementar los siguientes instrumentos archivísticos:
- Programa de gestión documental;
- Tablas de retención documental;
- Cuadro de clasificación documental;
- Tablas de valoración documental y
- Reglamento interno de archivo.
La organización de los archivos deberá realizarse a partir del cuadro de clasificación documental y de las tablas de retención documental, mediante la conformación de expedientes agrupados en series y sub series documentales, atendiendo el principio de procedencia, el orden original y el ciclo vital de los documentos, independientemente del soporte en el cual se encuentren, tal como lo señala la Ley 594 de 2000.
La resolución 723 de 15 de enero de 2015 otorgó una primera prórroga hasta el 31-10-2015 para la implementación de las anteriores políticas. Sin embargo, por petición de muchos de los vigilados por la SIC, este plazo fue ampliado por la resolución 84295 de 28 de octubre de 2015 hasta el 31-03-2016 (descargar PDF
Es importante destacar el artículo 11 de la resolución original de la SIC según la cual la SIC podrá realizar en cualquier momento inspecciones para asegurar el cumplimiento de estas normas, lo que podría conducir a sanciones para aquellas empresas que no hayan realizado ningún tipo de acción en este sentido.
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Los vigilados se expondrán a sanciones por inacción. Plazo final: 31 de marzo de 2016