Facturación electrónica a las administraciones públicas
A finales del año 2013 se aprobó la Ley de Impulso de la Factura Electrónica y creación del Registro Contable (Ley 25/2013, de 27 de diciembre) para, entre otras cuestiones regular la presentación y tramitación electrónica de las facturas a las Administraciones Públicas. Con esta ley se pretenden una serie de cuestiones que resumimos a continuación:
- establecer puntos generales de entrada (uno por cada Administración (Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales) en los que presentar todas las facturas, de hecho el Punto general de entrada de facturas del Estado ( FACe ) ya está en funcionamiento;
- reducir la morosidad en el pago de las deudas a proveedores por parte de las Administraciones Públicas;
- establecer la obligatoriedad de la facturación electrónica a partir del 15 de enero de 2015, con ciertas excepciones (por ejemplo, facturas con importe inferior a los 5.000 euros);
- regular procedimientos de tramitación de facturas en las Administraciones Públicas, así como su mejor control
Pero para obtener el dibujo completo, hemos de detenernos en los detalles técnicos que supone la facturación electrónica a las Administraciones Públicas, tomando el caso del Portal FACe que ya está en funcionamiento:
- el formato de las facturas debe ser el formato Facturae v. 3.2
- el envío de facturas se puede realizar de forma manual o automatizada, para el segundo caso se requiere de la interfaz de web services del propio Portal, previa alta inicial
- la presentación de la factura produce un registro electrónico, con un acuse de recibo electrónico con acreditación de fecha y hora de la presentación
- además del envío de las facturas, el portal dispone de la posibilidad de establecer consultas sobre el estado de las facturas ya presentadas
- al punto general de entrada de facturas electrónicas del Estado pueden adherirse también Entidades Locales y Comunidades Autónomas
Es todavía algo pronto para poder establecer conclusiones sobre si esta vez sí se van a conseguir los objetivos que en anteriores ocasiones no se han logrado. Por lo pronto, en el Portal FACe aparecen a día de hoy muy pocas oficinas contables, órganos gestores y unidades tramitadoras, hasta que no se incorporen muchas más y sepamos el grado de adhesión a este Portal o la puesta en producción de sus propias soluciones por parte de las Entidades Locales y Comunidades Autónomas no será viable el objetivo de la facturación electrónica a las Administraciones Públicas.